By: admin Encendido: 22 marzo, 2022 In: Agencia de Protección de Datos, LOPD

El Tribunal Supremo ha ordenado anular el proceso de renovación de la cúpula de la Agencia de Protección de Datos (AEPD) al considerar que el proceso iniciado por el Gobierno en octubre pasado “está viciado de raíz al apartarse de la normativa vigente”. La decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo responde a la petición de suspensión cautelar de uno de los candidatos incluido en la terna para elegir al nuevo presidente de la AEPD. La Sala consideró que se había vulnerado su derecho fundamental al acceso a cargos púbicos en condiciones de igualdad “ante el hecho notorio de que el nombramiento estaba decidido antes de convocarse el proceso selectivo” tal y como había publicado en todos los medios de comunicación. El acuerdo alcanzado por PSOE y PP el 21 de octubre para la presidencia y adjuntía de Agencia de Protección de Datos (AEPD), vulneraba tanto el artículo 23. 2 de la Constitución Española como la propia Ley orgánica 3/2018, de Protección de Datos que establece que los nombramientos han de ser el resultado de un proceso selectivo conforme a los criterios de mérito, capacidad, competencia e idoneidad de los candidatos. El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia, Ricard Martínez, y el director del Supervisor Europeo de Protección de Datos, Leonardo Cervera han sido los dos candidatos que han realizado el recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, el final de esta historia, no está escrito todavía, no ha hecho más que comenzar….