By: admin Encendido: 2 mayo, 2018 In: RGPD

La situación del empleador-empleado generalmente se considera como una relación desequilibrada en la cual el empleador ejerce más poder que el empleado. Dado que el consentimiento debe darse libremente, y teniendo en cuenta la relación desequilibrada, su empleador en la mayoría de los casos no puede confiar en su consentimiento para utilizar sus datos.

Puede haber situaciones en las cuales el tratamiento de los datos personales de un empleado en base al consentimiento del empleado sea legal, especialmente si es en interés del empleado. Por ejemplo, si una empresa otorga beneficios al empleado o a sus familiares (por ejemplo, descuentos en los servicios de la compañía), el tratamiento de los datos personales del empleado está permitido y es legal, si se otorgó el consentimiento previo informado.

Ejemplo

El consentimiento no es válido

Su empleador cree que la productividad del trabajo necesita mejorarse. Para ello, tiene la intención de instalar cámaras CCTV en los corredores y en la entrada de los baños. Él le pide que dé su consentimiento para que pueda controlar sus movimientos y el tiempo que pasó fuera de la oficina. Incluso si autoriza, se considerará inválido y su empleador no podrá instalar CCTV en base a ese consentimiento.

Referencias

  • Artículos 7 y 88 y considerando (43) del RGPD
  • Artículo 29 Directrices del Grupo de Trabajo sobre el consentimiento en virtud del Reglamento (UE) 2016/679 (WP 259)
  • Artículo 29 Opinión del Grupo de Trabajo 2/2017 sobre el tratamiento de datos en el trabajo (WP 249)