By: admin Encendido: 19 noviembre, 2017 In: DPO, RGPD

No, el DPD o Delegado de Protección de Datos no es responsable personalmente del incumplimiento del RGPD. El RGPD establece claramente que es el responsable o el encargado del tratamiento quien está obligado a garantizar y ser capaz de demostrar que el tratamiento se realiza de conformidad con sus disposiciones (artículo 24, apartado 1). El cumplimiento de las normas en materia de protección de datos es responsabilidad del responsable o del encargado.